Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 00158-2023-ARCC/DE
Modificación de Funciones de la Oficina de Gestión de Proyectos
29 de noviembre de 2023
SE RESUELVE
Artículo 1. Modificación por precisión de funciones
Modificar por precisión el alcance de la función de la Oficina de Gestión de Proyectos contenida en el literal g) del artículo 20 del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE y modificada con las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nos. 0140-2022-ARCC/DE, 00067-2023-ARCC/DE y 0104-2023-ARCC/DE, en los siguientes términos:
“Artículo 20.- Funciones de la Oficina de Gestión de Proyectos
(…)
g) Proponer y gestionar instrumentos para la identificación, análisis, reportería y escalamiento de los riesgos y de las respuestas a dichos riesgos, en la ejecución de las intervenciones y actividades del Plan;
(…)”
Modificar por precisión el alcance de la función de la Oficina de Gestión de Proyectos contenida en el literal g) del artículo 20 del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE y modificada con las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nos. 0140-2022-ARCC/DE, 00067-2023-ARCC/DE y 0104-2023-ARCC/DE, en los siguientes términos:
“Artículo 20.- Funciones de la Oficina de Gestión de Proyectos
(…)
g) Proponer y gestionar instrumentos para la identificación, análisis, reportería y escalamiento de los riesgos y de las respuestas a dichos riesgos, en la ejecución de las intervenciones y actividades del Plan;
(…)”
Artículo 2. Aprobación del nuevo Texto Actualizado del Documento de Organización y Funciones
Aprobar el nuevo “Texto Actualizado del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Aprobar el nuevo “Texto Actualizado del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3. Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como su publicación en el portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el precitado Diario Oficial “El Peruano”.
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como su publicación en el portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el precitado Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4. Remisión
Remitir copia de la presente Resolución, así como los sustentos correspondientes, a la Oficina de Planificación y Presupuesto para los fines correspondientes.
Remitir copia de la presente Resolución, así como los sustentos correspondientes, a la Oficina de Planificación y Presupuesto para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.