Lineamientos complementarios del Plan Nacional de Control 2026

Con la finalidad de acelerar el proceso de reactivación de obras paralizadas, para el año 2026 los servicios de control simultaneo tendrán un enfoque preventivo y serán dirigidos principalmente para acompañar con mayor énfasis las obras públicas desde sus primeras etapas. En ese sentido, se han considerado lo siguientes lineamientos complementarios del Plan Nacional de Control 2026:

  • El control de los proyectos de inversión u obras públicas a cargo del Estado, o con participación del sector privado a través de asociaciones público privadas y concesiones, se orientará a examinar prioritariamente las etapas de promoción, de inversión relativa al cumplimiento de las metas físicas y financieras; así como de mantenimiento y operación.
  • Control de los procesos de contratación de bienes y servicios, centrado en las operaciones de riesgo, denuncias sustentadas, planes sujetos a procedimientos abreviados y exoneraciones.
  • Control de ingresos y recaudación, centrado en la captación de los recursos directamente recaudados, su registro y custodia; incidiendo en la generación de ingresos por la venta de activos del Estado y por la aplicación de tasas de prestación de servicios públicos o cesión del patrimonio público.
  • Autorizaciones, licencias y permisos. Control selectivo de los procedimientos administrativos en las autorizaciones de producción, apertura de servicios públicos, títulos de propiedad y otorgamiento de subsidios o exoneraciones en favor del sector privado.
  • Programas sociales y servicios sociales básicos. En los programas sociales se incidirá en la revisión de la logística de abastecimientos, en la prestación de los servicios, en la evaluación de los sistemas de focalización y acceso de beneficiarios, y de los modelos operativos que aseguren la atención de los beneficiarios priorizados. En los servicios de educación, salud y saneamiento, el control se centrará en la evaluación de las inversiones y en la prestación de los servicios básicos.
  • Control de operaciones pesqueras, forestales, mineras, hidrocarburos y cambio climático, centrado en la supervisión, fiscalización e inspecciones realizadas por los organismos públicos competentes sobre las empresas que operan en su sector, en términos de verificación del cumplimiento de los permisos de explotación de recursos naturales y del control de actividades de procesamiento en los establecimientos industriales, así como las situaciones de emergencia por desastres naturales.
  • El control de la gestión ambiental evaluará preferentemente la conservación y/o protección del patrimonio natural, según los riesgos identificados en las labores de certificación, supervisión, fiscalización y sanción realizadas por el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales.
  • Campañas electorales y transferencia de gestión: vigilancia del gasto en las campañas políticas y control de los procesos de transferencia de gestión a las nuevas autoridades electas, cautelando que los funcionarios públicos cumplan con la normativa vigente.
  • La auditoría a la Cuenta General de la República comprende el examen de los estados presupuestales, financieros, de tesorería y deuda pública. Se realizará mediante la ejecución de auditorías financieras a cargo de Sociedades de Auditoría designadas - SOA y de OCI acreditados, sobre una muestra representativa de entidades de los diversos niveles de gobierno.
  • Evaluación del control interno en las entidades del Estado, proponiendo las medidas correctivas para mejorar su eficiencia y eficacia; así mismo, a través del control simultáneo se podrán revelar riesgos y oportunidades de mejoras.
  • Finalmente, los encargos de control dispuestos por Ley aprobada por el Congreso de la República o por Decretos Legislativos y de Urgencia, se toman en cuenta en la programación de los planes anuales de control considerando el principio de selectividad.

Base legal

Resolución de Contraloría N° 104 – 2026-CG