Funciones de la Secretaría de Descentralización de la PCM

Son funciones de la Secretaría de Descentralización:

a) Conducir, coordinar y supervisar la promoción del desarrollo territorial, la descentralización y la integración regional y local.

b) Proponer normas y aprobar directivas y resoluciones, lineamientos e instrumentos técnicos, en materias de su competencia; así como supervisar su cumplimiento.

c) Promover la formulación, preparación y seguimiento de políticas, planes, programas y proyectos con énfasis en la promoción y facilitación del desarrollo económico, implementación de prioridades de gobierno y articulación entre niveles de gobierno y fuentes de recursos en los territorios.

d) Articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, entre los diferentes niveles de gobierno, desarrollando mecanismos y estrategias de articulación de las intervenciones del Poder Ejecutivo con los gobiernos regionales y locales.

e) Identificar las políticas y proyectos prioritarios en el territorio que requieran la participación de las entidades del Poder Ejecutivo con otros niveles de gobierno, promoviendo la articulación de sus intervenciones con los demás actores de la sociedad para su implementación, cuando corresponda.

f) Participar, junto con el Ministerio de Economía y Finanzas, en la distribución de recursos a los gobiernos regionales y gobiernos locales, en el marco de la normativa vigente.

g) Conducir, ejecutar, monitorear y evaluar la transferencia de competencias, funciones, facultades y recursos a los gobiernos regionales y gobiernos locales, con arreglo a Ley.

h) Brindar asistencia técnica a los gobiernos regionales y gobiernos locales para el mejor desempeño de sus funciones, así como generar mecanismos para la solución de problemas de gestión en el territorio.

i) Elaborar el Informe Anual para el Congreso de la República sobre el proceso de descentralización.

j) Realizar estudios y análisis de la información para la toma de decisiones en materias de su competencia.

k) Promover la asociatividad territorial en coordinación con las entidades competentes del Poder Ejecutivo.

l) Gestionar los sistemas de información y registros a su cargo.

m) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.

n) Expedir resoluciones en materias de su competencia.

o) Las demás funciones que le asigne el/la Viceministro/a de Gobernanza Territorial en el marco de sus competencias y/o aquellas que le corresponda por norma expresa.

Base legal

Artículo 96 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobada por Resolución Ministerial N.° 156-2021-PCM