Resolución Sub Directoral N.° 000007-2026-SDDPCDPC/MC

23 de enero de 2026

DISPONER, el Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador en contra de el administrado ELVIS ITURRIAGA TOCRE, con DNI N° 48437950, con domicilio real en Tarabamba, del distrito de Urubamba, provincia de Urubamba y departamento del Cusco; por la ejecución de obras privadas sin autorización del Ministerio de Cultura, las cuales generaron la alteración de la Zona Arqueológica de Qerokancha, obras consistentes en: Muro de adobe con sobrecimiento de piedra, emplazado en longitud aproximado de 5.30ml, altura del muro de 2.80m aproximadamente, con cubierta de teja cerámica. Ubicado, adyacente al segmento de muro prehispánico que se emplaza en lado Este del predio. entre las coordenadas UTM WGS 84 18L. Ubicado en coordenadas referenciales V1)811174.93E, 8529191.66N, V2) 811180.29E, 8529190.66N; configurándose las infracciones establecidas en el literal e) y f), del numeral 49.1 del Art. 49° de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificada por la Ley N° 31770; concordante con lo previsto por el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador a cargo del Ministerio de Cultura, en el marco de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MC, de fecha 24 de abril de 2019, publicado en el diario oficial El Peruano en fecha 25 de abril de 2019.
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