Resolución Sub Directoral N.° 000010-2026-SDDPCDPC/MC

30 de enero de 2026

DISPONER, el Inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador en contra del administrado IVAN GUILLERMO ZUNIGA PARO, con DNI. 23892332, con domicilio real en SUAREZ 57, del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco (Ficha RENIEC); por la ejecución de obra privadas continua en el tiempo NO AUTORIZADA por el Ministerio de Cultura, consistentes en edificación de un cerco perimétrico, generando ALTERACIÓN de los Valores Culturales “Científico, Histórico, Urbanístico-Arquitectónico, Estético y Social” del Sitio Arqueológico de Patapata, configurándose las infracciones establecidas en los literales e) y f) del numeral 49.1 del Artículo 49° de la Ley N° 28292, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado por Ley N° 31770, concordante con lo previsto por el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador a cargo del Ministerio de Cultura, en el marco de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MC, publicado en el diario oficial El Peruano en fecha 25 de abril de 2019.
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RESOLUCION SUBDIRECTORAL-000010-2026-SDDPCDPC

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