Resolución de Gerencia General N.° 451-GG-ESSALUD-2026
20 de febrero de 2026
ARTÍCULO 1.- APROBAR el Presupuesto a nivel Desagregado por Fondos y Dependencias del Presupuesto Institucional de Apertura del Seguro Social de Salud (ESSALUD) correspondiente al Año Fiscal 2026, cuyo detalle se muestra en Anexos adjuntos que forman parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto el reporte a la Alta Dirección de la ejecución del Presupuesto a nivel Desagregado por Fondos y Dependencias del Presupuesto Institucional de Apertura del Seguro Social de Salud (ESSALUD) correspondiente al Año Fiscal 2026.
ARTÍCULO 3.- AUTORIZAR, a la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias y de la normativa vigente, a realizar las modificaciones presupuestales internas entre partidas genéricas y específicas; así como, entre fondos financieros que sean necesarios, a solicitud de los órganos centrales y desconcentrados de la Institución, sin modificar el marco presupuestal aprobado, debiendo informar oportunamente a la Gerencia General sobre cada actuación realizada, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que la Secretaría General, en el marco de sus funciones, remita a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Seguro Social de Salud la presente Resolución y sus Anexos, a fin de que, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 701-PE-ESSALUD-2015, proceda con su publicación
ARTÍCULO 2.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto el reporte a la Alta Dirección de la ejecución del Presupuesto a nivel Desagregado por Fondos y Dependencias del Presupuesto Institucional de Apertura del Seguro Social de Salud (ESSALUD) correspondiente al Año Fiscal 2026.
ARTÍCULO 3.- AUTORIZAR, a la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias y de la normativa vigente, a realizar las modificaciones presupuestales internas entre partidas genéricas y específicas; así como, entre fondos financieros que sean necesarios, a solicitud de los órganos centrales y desconcentrados de la Institución, sin modificar el marco presupuestal aprobado, debiendo informar oportunamente a la Gerencia General sobre cada actuación realizada, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que la Secretaría General, en el marco de sus funciones, remita a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Seguro Social de Salud la presente Resolución y sus Anexos, a fin de que, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 701-PE-ESSALUD-2015, proceda con su publicación

