Resolución Administrativa N.° 002-2026-OAD-HJATCH
22 de enero de 2026
APROBAR el Reconocimiento de deuda por enriquecimiento sin causa, a favor del proveedor CESAR ALBERTO BREÑA CANALES, por la prestación, sin vínculo contractual, del servicio de arrendamiento del local ubicado en el Jr. CHÚCUITO Nº 280 2DO PISO Lurigancho - Lima - Lima, para uso del Acervo Documentario del HJATCH durante el periodo del 1 de noviembre al 28 de diciembre del 2024, por el monto de S/ 6,186.67 (Seis Mil Ciento Ochenta y Seis con 67/100 soles), debido a que: La Entidad obtuvo una prestación por parte de un proveedor, por ello este tendría derecho a exigir que la Entidad le reconozca el pago respectivo −aun cuando la prestación haya sido requerida o ejecutada sin observar las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado, pues el Código Civil, en su artículo 1954°, establece que: “Aquel que se enriquece indebidamente a expensas de otro está obligado a indemnizarlo”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas
