Resolución de Jefatura Institucional N.° 29-IGP/2026

30 de enero de 2026

Artículo 1.- Delegar al Gerente General del Instituto Geofísico del Perú, durante el ejercicio 2026, con efectividad desde el 01 de enero del presente año, las siguientes facultades:

1. GERENTE GENERAL

1.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

1.1.1. Aprobar la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley.

1.1.2. Aprobar las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país, cuando se cumpla uno de los siguientes supuestos: ante la imposibilidad de realizar la contratación a través de los mecanismos de contratación o los procedimientos de selección de la presente ley; cuando el mayor valor de las prestaciones se realice en territorio extranjero; y para las contrataciones relacionadas a actividades de promoción y participación del Perú que tengan carácter oficial en ferias, cumbres, competiciones y similares, en materia comercial, de inversiones, exportaciones, turismo, así como de imagen país, en territorio extranjero. Los supuestos señalados precedentemente se sustentan con informe técnico y legal.

1.2. EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LEGAL

1.2.1. Administrar y supervisar la gestión del proceso presupuestario, de las finanzas, y de los procesos administrativos del IGP.

1.2.2. Suscribir contratos, y otros documentos de naturaleza similar de carácter institucional con entidades públicas y privadas nacionales o extranjeras, de conformidad con la normativa vigente, así como sus modificatorias; salvo los convenios de materia de transferencia financiera y los contratos derivados de procedimientos de selección.

1.2.3. Aceptar asignaciones, donaciones, legados o transferencias por cualquier título a favor del Instituto Geofísico del Perú.

1.2.4. Ejercer la representación legal del IGP ante todas aquellas entidades públicas o privadas que resulten vinculadas con la función administrativa de la Entidad.

Artículo 2.- Delegar a la Jefa de la Oficina de Administración del Instituto Geofísico del Perú, durante el ejercicio 2026, con efectividad desde el 01 de enero del presente año, las siguientes facultades:

2. JEFA DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN

2.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
2.1.1. Designar a las áreas técnicas estratégicas.

2.1.2. Suscribir los contratos y sus modificatorias, de corresponder, siempre que no se trate de facultades expresamente indelegables.

2.1.3. Autorizar las prestaciones adicionales de obra, cuando le corresponda, bajo el sistema de entrega de solo construcción, conforme al numeral 64.3 del artículo 64 de la Ley, y bajo el sistema de entrega de diseño y construcción, conforme a lo señalado en el Reglamento.

2.1.4. Designar a los miembros integrantes de Comités de recepción de obra.

2.1.5. Aprobar u observar las liquidaciones de ejecución de obra y de consultoría de obra.

2.2. EN MATERIA LABORAL

2.2.1. Suscribir los contratos administrativos de servicios (CAS) que celebre la Entidad; así como su modificación, renovación, extinción, liquidación e indemnización, de corresponder legalmente, incluso cuando la desvinculación se efectúe dentro del periodo de prueba; contando previamente con el pedido de los titulares de los órganos y unidades orgánicas en que se desempeñará el trabajador, y con la autorización del Director Científico o del Gerente General, de acuerdo a sus respectivas competencias.

2.3. EN MATERIA LEGAL

2.3.1. Suscribir los recursos administrativos de reconsideración, reclamación, apelación, queja o desistimiento u otros escritos que se presenten ante las diversas autoridades e instancias del gobierno central, regional o local, sean estas tributarias, aduaneras o cualesquiera otras.

2.3.2. Suscribir las resoluciones, minutas y escrituras públicas relacionadas al otorgamiento de donaciones por parte del IGP, lo que debe ser previamente aprobado por la Presidencia Ejecutiva.

2.3.3. Reconocimiento de órdenes y sentencias judiciales.

2.3.4. Ejercer la representación legal del IGP ante las entidades financieras para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los contratistas.

2.4. EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

2.4.1. Autorizar el pago de anticipos por encargos para los trabajadores del IGP comisionados en servicio.

2.4.2. Suscribir las garantías a ser presentadas por el IGP ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y Aduanera (SUNAT).

2.4.3. Aprobar los reconocimientos de deuda en los casos que resulte aplicable la acción de enriquecimiento sin causa en la vía correspondiente por el monto inferior a la ocho (08) UIT vigente a la emisión del acto resolutivo, previa evaluación del área usuaria y la Oficina de Asesoría Jurídica del IGP con el respectivo visto bueno, sin perjuicio del deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar.

2.4.4. Autorizar el reconocimiento de deudas por supuestos de enriquecimiento sin causa, previo informe técnico y legal, debiendo contar con la disponibilidad presupuestal correspondiente y disponiendo el deslinde de responsabilidades administrativas que hubiera lugar.

Artículo 3.- Delegar al Jefe de la Unidad de Logística del Instituto Geofísico del Perú, durante el ejercicio 2026, con efectividad desde el 01 de enero del presente año, las siguientes facultades:

3. JEFE DE LA UNIDAD DE LOGÍSTICA

3.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

3.1.1. Suscribir, modificar o resolver, cuando corresponda, las órdenes de compra y órdenes de servicio emitidas por la Entidad.

3.1.2. Emitir y suscribir la Constancia de Prestación, cuando sea solicitada, de conformidad con la normativa aplicable.

3.2. MATERIA DE GESTIÓN PATRIMONIAL
3.2.1. Autorizar el movimiento de bienes de Activo Fijo del IGP, mediante la suscripción del Formato correspondiente.

Artículo 4.- Notifíquese la aprobación de la presente Resolución de Jefatura Institucional a los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades, para conocimiento y fines.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Web Institucional del Instituto Geofísico del Perú www.gob.pe/igp.

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Jefatura Institucional

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