Resolución de la Unidad de Recursos humanos N.° 112-2025-INABIF-URH
DECLARAR improcedente la solicitud presentada por el servidor CAP ENRIQUE HONORATO TORRES AGREDA.
28 de abril de 2025
Artículo 1º.- DECLARAR improcedente la solicitud presentada por el servidor CAP ENRIQUE HONORATO TORRES AGREDA, Especialista Social III, nivel de Director, del CAR San Miguel Arcángel, de la Subunidad de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Unidad de Servicios de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- DECLARAR la extinción definitiva del contrato de trabajo por la causal objetiva de cese por jubilación obligatoria y automática del servidor CAP ENRIQUE HONORATO TORRES AGREDA, del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, por cumplir setenta (70) años de edad.
Artículo 3°. - DECLARAR vacante la plaza CAP Provisional correspondiente al servidor citado en el artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 2°.- DECLARAR la extinción definitiva del contrato de trabajo por la causal objetiva de cese por jubilación obligatoria y automática del servidor CAP ENRIQUE HONORATO TORRES AGREDA, del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, por cumplir setenta (70) años de edad.
Artículo 3°. - DECLARAR vacante la plaza CAP Provisional correspondiente al servidor citado en el artículo 2 de la presente Resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de la Unidad de Recursos Humanos
