Resolución de Alcaldía N.° 0092-2026-A/MPP

10 de febrero de 2026

ARTÍCULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL, dispuesto por el Tercer Juzgado de Trabajo de Piura, a través de la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO (05), de fecha 13 de enero de 2026, AUTO DE CANCELACIÓN DE MEDIDA CAUTELAR DE REPOSICIÓN PROVISIONAL, recaída en el Expediente Nº 05163-2023-3-2001-JR-LA-03, en los seguidos por Don CARBAJAL HUERTAS JONATHAN (Demandante), contra la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA (Demandado), EN CONSECUENCIA, DEJAR SIN EJECTO LA REPOSICIÓN PROVISIONAL realizada en cumplimiento a la MEDIDA CAUTELAR concedida al señor CARBAJAL HUERTAS JONATHAN, bajo el régimen laboral del D. Leg. 728, condición laboral trabajador - chofer, de la Oficina de Mantenimiento y Control de Maquinaria de la Municipalidad Provincial de Piura, mediante Resolución Nº 01, de fecha 12 de agosto de 2025, emitida en el Expediente Nº 05163-2023-3-2001-JR-LA-03, conforme con los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPONER, a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, DAR CUMPLIMIENTO a lo resuelto en el artículo precedente de la presente Resolución, bajo responsabilidad administrativa.
ARTÍCULO TERCERO. – DEJAR, sin efecto todo acto administrativo dictado con anterioridad que se oponga a la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO. – ENCARGAR, a la Procuraduría Pública Municipal, informe al señor Juez del Tercer Juzgado de Trabajo, el cumplimiento del mandato judicial.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Alcaldía 2026

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