Resolución Gerencial General Regional N.° 035-2026 GORE APURIMAC/GG
19 de febrero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - DISPONER, por mandato judicial, contenido en la Resolución N° 08 de fecha 10 de setiembre del 2024 (sentencia), y, la Resolución N° 12 de fecha 24 de marzo del 2025 (sentencia de vista), la NULIDAD PARCIAL de la Resolución Gerencial General Regional N° 068-2024-GR-APURIMAC/GG de fecha 14 de marzo del 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO. - RECONOCER, por disposición de mandato judicial, a favor de RÓMULO QUINTO TELLO, los siguientes bonificaciones y beneficios: a) El reintegro de devengados de la remuneración básica, en base al incremento dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 105-2001, ello desde el 01 de setiembre del año 2001 en adelante, solo en los periodos que no ha percibido, debiéndose abonar los intereses legales descontándose lo abonado por este concepto, previa liquidación administrativa. b) El pago del reajuste de la bonificación vacacional de acuerdo al primer párrafo del artículo 16 del Decreto Supremo N° 028-89-PCM, debiéndose abonar una remuneración básica de acuerdo al Decreto de Urgencia N°105-2001, ello desde la vigencia del referido decreto, esto es, desde el 01 de setiembre del año 2001 en adelante, debiéndose abonar los intereses legales; descontándose lo abonado por este concepto, previa liquidación administrativa. c) El pago de los intereses legales devengados desde el día siguiente de la omisión al pago de las bonificaciones señaladas en el presente numeral. ACLARAR el extremo respecto al literal a) El reintegro de devengados de la remuneración básica, en base al incremento dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 105-2001, que señala que el pago debe ser efectuado del 01 de setiembre en adelante; siendo lo correcto, le corresponde al demandante únicamente la bonificación del mes de setiembre del año 2001, y no en adelante.
