Resolución Gerencial Regional de Desarrollo Social N.° 011-2026-GORE APURIMACGRDS

20 de febrero de 2026

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER, por mandato judicial, contenido en la Resolución N° 04 de fecha 31 de enero del 2025 (sentencia), y, la Resolución N° 09 de fecha de fecha 24 de julio del 2025 (sentencia de vista) la NULIDAD PARCIAL de la Resolución Gerencial Regional N° 046-2024-GR-APURIMAC/GRDS de fecha 13 de noviembre del 2024.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADO, por disposición de mandato judicial, el Recurso de Apelación interpuesto por MIGUEL ÁNGEL MENDIOLA MINA, en contra de la Resolución Directoral Regional N°1819-2024-DREA de fecha 19 de setiembre del 2024; RECONOCIENDO, a favor del demandante el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante, esto es, desde que fue contratado como docente, dentro de las vigencias de sus contratos a partir del 12 mayo del 2004 (primer contrato) hasta diciembre del 2007, con la sola deducción de lo que se le ha venido pagando por este concepto, previa liquidación administrativa, más el pago de los intereses legales.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR Dirección Regional de Educación de Apurímac, la liquidación administrativa, conforme al artículo segundo de la presente resolución, y, emita los actos administrativos correspondientes, en cumplimiento del mandato judicial, asumiendo la responsabilidad administrativa, civil y/o penal que pudiera derivarse de su incumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27584.
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