Resolución Gerencial N.° 000015-2026-GR.LAMB/GRED
12 de enero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por ADA PATRICIA CASTILLO VELEZ, docente nombrado e identificado con DNI N°16587185, contra el OFICIO N°000394-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515666327-1] de fecha 22 de enero de 2025, que declara IMPROCEDENTE su pretensión primigenia de otorgamiento de Subsidio por Luto y Sepelio por el deceso de Don MARTIN CASTILLO MAYORGA, conforme a los considerandos expuestos en el presente acto resolutivo.
ARTÍCULO SEGUNDO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la Ley 27444, aprobado con Decreto Supremo N°004-2019- JUS.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por ADA PATRICIA CASTILLO VELEZ, docente nombrado e identificado con DNI N°16587185, contra el OFICIO N°000394-2025-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC [515666327-1] de fecha 22 de enero de 2025, que declara IMPROCEDENTE su pretensión primigenia de otorgamiento de Subsidio por Luto y Sepelio por el deceso de Don MARTIN CASTILLO MAYORGA, conforme a los considerandos expuestos en el presente acto resolutivo.
ARTÍCULO SEGUNDO: DAR POR AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo prescrito en el artículo 148° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 228° del T.U.O de la Ley 27444, aprobado con Decreto Supremo N°004-2019- JUS.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, el contenido de la presente resolución a las partes interesadas de conformidad a lo establecido en el artículo 18° del TUO de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N°004-2019-JUS
