Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D000037-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE
16 de febrero de 2026
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° D000306-2025-MIDAGRI
SERFOR-ATFFS-AREQUIPA, que declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto por la
empresa CURTIEMBRE AUSTRAL S.A.C., contra la Resolución Administrativa Nº D000280-2025-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-AREQUIPA; por las causales de nulidad previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 10 del TUO de la Ley N° 27444, puesto que se ha vulnerado los principios de legalidad y del debido procedimiento y se omitieron los requisitos de validez del acto administrativo establecidos en los numerales 1 y 5 del artículo 3 del TUO de la Ley Nº 27444, referidos a la competencia y al procedimiento regular; correspondiendo retrotraer el procedimiento hasta el momento de la producción del vicio, esto es hasta la recepción del Recurso de impugnación para que sea elevado a la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución y de los antecedentes administrativos a la Secretaría
Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Servicio Nacional
Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a fin que se adopten las acciones necesarias para determinar
las responsabilidades a que hubiere lugar de los servidores que hayan participado en los hechos materia
de nulidad.
Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la empresa CURTIEMBRE AUSTRAL
S.A.C, así como a la Administración Técnica Forestal y Fauna Silvestre – ATFFS Arequipa, para los fines
pertinentes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor).
Artículo 1.- Declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° D000306-2025-MIDAGRI
SERFOR-ATFFS-AREQUIPA, que declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto por la
empresa CURTIEMBRE AUSTRAL S.A.C., contra la Resolución Administrativa Nº D000280-2025-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-AREQUIPA; por las causales de nulidad previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 10 del TUO de la Ley N° 27444, puesto que se ha vulnerado los principios de legalidad y del debido procedimiento y se omitieron los requisitos de validez del acto administrativo establecidos en los numerales 1 y 5 del artículo 3 del TUO de la Ley Nº 27444, referidos a la competencia y al procedimiento regular; correspondiendo retrotraer el procedimiento hasta el momento de la producción del vicio, esto es hasta la recepción del Recurso de impugnación para que sea elevado a la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución y de los antecedentes administrativos a la Secretaría
Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Servicio Nacional
Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a fin que se adopten las acciones necesarias para determinar
las responsabilidades a que hubiere lugar de los servidores que hayan participado en los hechos materia
de nulidad.
Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la empresa CURTIEMBRE AUSTRAL
S.A.C, así como a la Administración Técnica Forestal y Fauna Silvestre – ATFFS Arequipa, para los fines
pertinentes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor).
